Sagradas Escrituras (Biblia del Oso) - 15691 ¶ Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si después no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa. 3 Y si la aborreciere el postrer varón, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer varón que la tomó para sí por mujer, 4 no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue inmunda; porque es abominación delante del SEÑOR, y no contaminarás la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad. 5 ¶ Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su mujer que tomó. 6 No tomarás en prenda la muela de molino , ni la de abajo ni la de arriba, porque sería prendar la vida. 7 Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti. 8 Guárdate de llaga de lepra, guardando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; cuidaréis de hacer como les he mandado. 13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios. 14 ¶ No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades. 15 En su día le darás su jornal, y el sol no se pondrá sobre él; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado. 17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda; 18 mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto. 19 Cuando segares tu mies en tu tierra, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla; del extranjero, o del huérfano, o de la viuda será; para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos. 20 Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será. 21 Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será. |